Arbitraje
Árbitros
Ventajas del arbitraje
- EFICAZ: el laudo, o decisión del árbitro, tiene la misma fuerza que una sentencia judicial; más aún, los motivos para impugnarlo son más restrictivos.
- RAPIDO: el laudo se dicta en un plazo máximo de entre tres y seis meses.
- ECONÓMICO: el coste del proceso es menor, entre otras razones porque se obtiene una solución inmediata que evita los gastos derivados de las dilaciones de los procedimientos judiciales. Además, se conoce con antelación el coste del procedimiento.
- SENCILLO: el procedimiento no está sujeto a formalismos especiales, y las partes pueden llegar a acuerdos durante la tramitación del procedimiento.
- CONFIDENCIAL: el árbitro tiene obligación de reserva respecto de los datos personales y mercantiles a los que se tenga acceso durante el procedimiento, que no se darán a conocer a terceros.
- ESPECIALIZADO: Pueden designarse como árbitros a personas altamente especializadas en el tema afectado por la controversia que ha de resolverse.
Cláusula arbitral
Solicitud de arbitraje
- Particulares
- Empresas
- Instituciones
- Organismos Públicos
Miembros de la INSTITUCIÓN ARBITRAL INMOBILIARIA
- PRESIDENTE: D. JAIME CABRERO GARCÍA
- VICEPRESIDENTE: D. RAÚL CRUZ CASTRO
- SECRETARIO: D. PEDRO PABLO FERNÁNDEZ GRAU
- ASESOR JURÍDICO: D. JOSÉ MERINO TAPIA
Servicios al ciudadano
INFORMAR sobre el precio de mercado y COMPROBAR todos los datos en una transacción inmobiliaria
MEDIAR entre las posturas de los contratantes y VELAR por el cumplimiento de la legislación vigente
GESTIONAR la obtención de una Hipoteca en las mejores condiciones y EMITIR dictámenes sobre el valor de los inmuebles
PROTEGER al consumidor, velando por el respeto de los derechos de los usuarios
Promociones
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