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El Congreso de los Diputados convalidó la semana pasada el Real Decreto-ley para amortiguar el impacto del conflicto en Oriente Medio, que incluye una prórroga de las deducciones fiscales por rehabilitación de viviendas y un cambio normativo para impulsar la construcción de vivienda pública y asequible.
 
La prórroga de los beneficios fiscales por obras de mejora energética de las viviendas supone extenderlas para las actuaciones realizadas en los años 2025 y 2026. Esta deducción se aplica sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual, en viviendas alquiladas o con expectativas de alquilarlas, y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética.
 
Entre los años 2021 y 2024 que ya estuvieron en vigor, se presentaron un total de 291.763 declaraciones con un beneficio medio por contribuyente de 1.918 € de media por contribuyente, lo que acreditó obras de mejora energética en un total de 203.756 inmuebles.
 
Las deducciones por rehabilitación energética de la vivienda, incluyendo las realizadas en el año 2025, son las siguientes:
 
  • 20% por las obras (hasta el 31 de diciembre de 2026) que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda, habitual, alquilada o en expectativa de alquiler, en al menos un 7%.
 
  • 40% por las obras (hasta el 31 de diciembre de 2026) que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o logren una calificación energética A o B.
 
  • 60%, en edificios de uso mayoritariamente residencial, por las obras de rehabilitación energética del edificio (hasta el 31 de diciembre de 2027) que reduzcan al menos un 30% el consumo o alcancen una calificación energética A o B.
 
Así mismo, se ha convalidado la modificación de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) para impulsar la construcción de vivienda asequible en suelos de titularidad pública. Este cambio avanza en la simplificación y flexibilización del marco normativo para facilitar la aplicación de las distintas fórmulas de colaboración público-privada recogidas en la Ley por el Derecho a la Vivienda.
 
La norma establece una serie de particularidades a los contratos de concesión cuando éstos tengan por objeto realizar actuaciones de construcción o rehabilitación sobre suelo o inmuebles de titularidad pública y cuyo destino sea el de vivienda social o a precios asequibles.

Fuente: Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana

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