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La realización de ofertas falsas de pisos por internet agrava la comisión del delito de estafa, y por ello tendrá una mayor pena, por "utilizar un medio que permite una amplia difusión, como es internet, para realizar la estafa del falso alquiler". Una reciente sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo ha considerado como estafa agravada las ofertas falsas de pisos en internet por la "necesidad de la búsqueda de una vivienda en alquiler a un precio asequible provoca el descenso de las medidas de autoprotección por las víctimas y un exceso en la ejecución del principio de confianza en que la oferta que se detecta en Internet es real y no falsa, causando graves perjuicios en personas que confían en la veracidad de la  oferta y la realidad del inmueble, así como en la identificación del titular con la persona que la oferta". Todo ello provoca, explica el Tribunal Supremo, "un grave perjuicio, no solamente económico en cuanto a la pérdida de la cantidad ingresada, sino, también, moral y psicológico, al darse cuenta de que ha perdido, tanto el dinero como la disponibilidad de la posesión del inmueble que pretendía".
 
La resolución ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia, de 18 meses de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y nueve meses de multa con una cuota diaria de diez euros, y una indemnización de 750 euros a una persona que realizó una oferta falsa por internet de una vivienda que no era suya aparentando que lo era para conseguir que ante el aceptable precio una persona le hiciera la transferencia creyendo que era real.
 

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